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Juzgado de Garantías Nº 8 de Lomas de Zamora. Particular damnificado. Solicitud de medidas al Juez de Garantías. Imputación a testigo. Relevamiento del Juramento de Ley. Viabilidad. Exclusión probatoria.


Con fecha 13 de diciembre de 2011, el Juez de Garantías titular del Juzgado de Garantías Nº 8 de Lomas de Zamora, en los presentes obrados dispuso hacer lugar al pedido del particular damnificado en tanto que existen elementos suficientes para relevar del juramento de decir la verdad que con anterioridad prestara como testigo M.S. (arts. 100, 101, 218, 232, 233, 240, 243 -a contrario- y 210 del C.P.P.; 275 del Código Penal.) y considerarlo -primae facie- imputado en los presente obrados del Homicidio en el contexto de Violencia Familiar (según ley 12.569).





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