Sentencia (L91290). Régimen de responsabilidad solidaria (Art. 30 de la LCT). Casos de cesión y subcontratación. Obligación a cargo solo del empleador de entregar certificado de trabajo y demás constancias (Art. 80 LCT).
Con fecha 28 de septiembre de 2011, la Suprema Corte de Justicia, en la causa L91.290 'de Lorenzo, Edgardo Raúl contra Smits, Gaidis y otros. Despido', resolvió hacer lugar parcialmente al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído y, en consecuencia, revocó el fallo de grado en cuanto condenó solidariamente a 'Molinos Río de la Plata S.A.' a hacer entrega al actor de las constancias documentales de los depósitos de aportes y contribuciones al sistema de la seguridad social y el certificado de trabajo previsto en el art. 80 de la Ley de Contrato de Trabajo.