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DELITOS CULPOSOS - Violación de un deber de cuidado - Incidencia de la conducta de la víctima


La Sala I del Tribunal de Casación Penal, en las actuaciones en trámite bajo el nº 23.726, rechazó el recurso de casación interpuesto respecto de una causa en la que se condenara al imputado como autor responsable del delito de lesiones culposas, y en el que la defensa señalara que al momento de la condena el 'a quo' omitió considerar la responsabilidad que en el hecho le habría cabido a la víctima –conductor de un ciclomotor sin casco y excediendo la velocidad máxima permitida-.Sostuvo, entre otras consideraciones, que el resultado lesivo no se produce por la conducta negligente del motociclista sino, antes bien, por el riesgo prohibido del imputado que al no guardar el deber de cuidado de dar prioridad de paso al vehículo que circulaba desde la derecha, sobrepasó el riesgo permitido.





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