Ingresar a la versión accesible

DELITO CULPOSO - Violación de un deber de cuidado - Incremento del riesgo - Principio de confianza - Improcedencia


La Sala III del Tribunal de Casación Penal, en la causa nº 20.512, confirmó la condena impuesta en origen como autor responsable del delito de lesiones culposas, respecto del conductor de un vehículo del servicio público, que transporta numerosos escolares, y abriera la puerta trasera con el colectivo en marcha antes de llegar a la parada dando ocasión a que una menor sufriera una caída sobre la calle cuando el vehículo aún estaba en movimiento, causándole lesiones. Que de tal manera, se consideraron violados los deberes a cargo del conductor, descartándose los intentos de la defensa de descargar su falta en la imprudencia de la damnificada y en el quebrantamiento al principio de confianza por parte de la víctima.





Archivos asociados: 20512.doc 36 Kb.