Ingresar a la versión accesible

Res.Corte Nº 8/08


Con fecha 6 de febrero de 2008, modifica parcialmente el artículo 1º de la Resolución Nº 3.217/07, estableciendo que a partir del 1º de enero de 2008, el monto de la Movilidad Fija es de pesos veinte con cuarenta centavos (20,40).





Archivos asociados: RC8-08.doc 20 Kb.