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Sentencia (c100920). Cálculo de intereses. Ratificación de doctrina legal en materia de aplicación de tasa pasiva.


Con fecha 15 de junio de 2011, la Suprema Corte de Justicia, en la causa C. 100.920, 'Ojeda, Rosana Ester y otros contra Suárez, Víctor Hugo y otros. Daños y perjuicios', resolvió revocar la sentencia impugnada en lo concerniente a la tasa de interés aplicable a partir del 6 de enero del año 2002 a los intereses adeudados, los que deberán liquidarse según la alícuota que pague el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de depósito a treinta días, vigente en los distintos períodos de aplicación.

Observaciones: sugerida para su publicación por la Secretaría Civil. Ministros que votaron: Genoud, Hitters, Pettigiani, de Lázzari, Negri.





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