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Con fecha 16-10-2007, la Cámara de Apelación Civil y Comercial Sala Segunda de Mar del Plata resolvió, en la causa 135168, respecto de la fijación de los honorarios en aquellos casos en que se ha arribado a una transacción en el proceso, y si el monto resultante de la misma es oponible a todos los letrados, hayan intervenido o no en dicho acto.





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