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IMPEDIMENTO U OBSTRUCCIÓN DEL CONTACTO DE MENORES DE EDAD CON SUS PADRES NO CONVIVIENTES - Ley 24.270 - Constitucionalidad.


La Sala III del Tribunal de Casación Penal, en causa nº 19.383, rechazó un planteo de inconstitucionalidad de la ley 24.270. Allí se dijo que se puede afirmar sin dudas que la mencionada ley ha determinado la existencia de un nuevo tipo penal, correspondiendo ello a la competencia exclusiva del Congreso Nacional; y que siempre el interés que debe prevalecer es el del niño, desplazando así el de los padres, ello con sustento en las normas de orden supra nacional, constitucional y la intención del legislador.





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