Ingresar a la versión accesible



Con fecha 17-10-2007, la Cámara de Apelación Civil y Comercial Sala Segunda de Bahía Blanca resolvió:la procedencia de la acción de desalojo basada en un contrato de comodato independientemente de la titularidad de dominio(causa 129118), excepciones a la prioridad de paso por la derecha ( causa 129981) y ,por mayoría de opiniones, la distribución de las costas cuando la demanda es acogida parcialmente debe ser prudencialmente determinada por el juez.





Archivos asociados: 129118.DOC 35 Kb. 129397.DOC 31 Kb. 129981.DOC 29 Kb.