Cám. Civil y Com. de Junín. Nulidad de escritura pública.
Con fecha 24 de febrero de 2011, la Cámara Civil y Com. de Junín, en la causa 'Anfusso Claudio Alejandro y otro c/ Anfusso Alberto Salvador y otro s/ Nulidad de escritura pública', confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la colación considerando que es iure et de iure la presunción establecida en el art. 3604 del Código Civ., respecto a que son gratuitos aquellos contratos celebrados por el futuro causante con su futuro heredero forzoso, por el cual se transmite el dominio de bienes con reserva de usufructo sobre los mismos.