Ingresar a la versión accesible

Cámara Civil y Com. Sala III de Mar del Plata. Curatela conjunta. Madre y hermana del insano. Inconstitucionalidad de los arts. 386 1a. parte y 478 del Cód. Civ. Incongruencia con los tratados internacionales incorporados por el art. 75.


Con fecha 24 de febrero de 2010, la Sala III de la Cámara Civil y Com. de Mar del Plata, revocó la sentencia, declarando la inconstitucionalidad de los arts. 386 1a. parte y 478 del Cód. Civil y se otorga a las Sras. madre y hermana la curatela conjunta.





Archivos asociados: Ver Sentencia (147164).doc 47 Kb.