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Con fecha 16- 8-2007, la Cámara de Apelación Penal de San Isidro Sala Primera, enla causa 8200, resolvió hacer lugar a la Acción de Habeas Corpus en favor de C.A.C. ordenando su excarcelación bajo caución.(Arts. 27 bis del C.P; 1, 106, 144, 148 'a contrario', 169 inc. 1, 177, 180, 182, 371 último párrafo 'a contrario', 405 y ss. del C.P.P.; art. 18 y 42 de la C.N.; 20, 21, 168 y 171 del a Const. Provincial.-





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