ALLANAMIENTO DE DOMICILIO - Entrada sin orden judicial.
La Sala III del Tribunal de Casación, en causa nº 18.702, señaló que los allanamientos sin orden judicial descansan en una causa probable, y cuando se trata con ella, como el nombre lo indica, se lidia con probabilidades, como la de que los moradores del lugar se encuentren allí y bajo el riesgo que el delito significa; por lo que, resulta razonable suponer que la vida o indemnidad de esas personas podrían encontrarse en peligro, aún cuando finalmente se comprobara que los únicos que se encontraban en el lugar eran los aprehendidos (en el caso se declaró legítimo el ingreso de los policías que recibieron noticias de la posible comisión de un ilícito y oyeron voces provenientes de una casa, advirtiendo que allí podría estar produciéndose el hecho que los llevara a la misma -conf. art. 222 del C.P.P.-).