La Cámara de Apelación Civil y Comercial de Dolores, con fecha 27-4-2007, se pronunció en la causa 84743 respecto de la cancelación del contrato prendario y la ley 25561; con fecha 3-7-2007, en la causa 84302 resolvió respecto de la prejudicialidad y aplicación del art. 1101 del Código Civil.