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RECURSO DE CASACION - Admisibilidad - Recaudos legales - Adjunción de copias de la documentación - Deberes.


La Sala I del Tribunal de Casación Penal, en causa nº 21.161, estableció que la expedición de copias certificadas no es requisito exigido a la parte que pretende interponer recurso de casación, ya que dicha diligencia está encomendada al órgano que dictó la resolución estimada agraviante, el cual deberá formar incidente de conformidad a lo prescripto en el artículo 456 del Código Procesal Penal –según ley 13.057-.





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