Competencia - Por razón de la materia
Con fecha 20-6-2007, la Suprema Corte en autos 'Catalano, Josefina c/ Banco de la Provincia de Buenos Aires s/ Pretensión indemnizatoria. Conflicto de competencia art. 7 inc. 1º, ley 12.008', causa B.69.067, resolvió que resulta competente para decidir, -en las actuaciones por daños y perjuicios iniciadas contra el Banco de la Provincia de Buenos Aires por desaparición o retención de los fondos de un depósito judicial-, el Juzgado en lo Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de General San Martín; al señalar que es posible presumir en esta instancia y al sólo efecto de determinar qué juez deberá entender en los actuados, que el hecho generador de la responsabilidad se produjo con motivo o en ocasión del ejercicio de la función administrativa, tratándose de un supuesto aprehendido por la cláusula general que define la materia contencioso administrativa (arts. 166, Constitución de la Provincia; 1 inc. 1º, ley 12.008 –texto según ley 13.101-).