DELITO TENTADO - Pena.
La Sala I del Tribunal de Casación, en causa nº 18.898, fijó el alcance del artículo 44 del Código Penal respecto de la sanción aplicable a los delitos tentados, disponiendo –por mayoría- que se establecerá como mínimo, en el tercio de la sanción menor amenazada en la escala prevista para el delito de que se trate y como máximo la mitad de la pena mayor establecida para dicha ilicitud.