Sentencias de otros tribunales
El Juzgado Civil y Comercial Nº23 de La Plata, en la causa Nº 81.211, resolvió hacer lugar a la demanda de daños y perjuicios y condenar al accionado a pagar al actor dentro del término de diez días de quedar firme la presente la suma aquí establecida, asimismo, hacer extensiva la condena a la citada en garantía Triunfo Cooperativa de Seguros Limitada.
La Cámara Civil y Comercial de Junín, en la causa Nº 10.638, resolvió desestimar los recursos de apelación deducidos por la parte demandada y consiguientemente, confirmar la sentencia apelada.
El Juzgado Civil y Comercial Nº 4 de Morón, en la causa Nº 27.109, resolvió rechazar la demanda promovida por la parte actora contra la demandada y la citada en garantía. Imponer las costas del juicio a la accionante.
El Cámara Civil y Comercial de Pergamino, en la causa Nº 6075, resolvió desestimar el recurso de apelación interpuesto y en consecuencia confirmar la sentencia dictada con fecha 13 de abril de 2026 por el Juzgado Civil y Comercial Nº 1 del Departamento Judicial de Pergamino.
La Cámara Civil y Comercial de Dolores, en la causa Nº 106.784, resolvió modificar la sentencia apelada en lo que hace al rubro indemnizatorio "incapacidad sobreviniente", y dejar sin efecto la suma concedida en concepto de daño psicológico.
La Cámara Civil y Comercial (Sala I) de Mercedes, en la causa Nº 123.278, resolvió modificar la sentencia de primera instancia con respecto a los montos otorgados por incapacidad y daño moral, y confirmarla en lo demás que decide.
La Cámara Civil y Comercial (Sala I) de Lomas de Zamora, en la causa Nº 51.021, resolvió revocar la resolución del 25/08/25 en lo que ha sido materia de agravios.
La Cámara Segunda Civil y Comercial (Sala II) de La Plata, en la causa Nº 142.571, resolvió confirmar la sentencia recurrida en todo lo que decide y que fuera motivo de recurso y agravios.
La Cámara Civil y Comercial de Necochea, en la causa Nº 15.571, resolvió atribuir totalmente a la madre el ejercicio de la responsabilidad parental de sus dos hijos, por el plazo de dos años, autorizando a conferir los actos enumerados en el art. 645 del CCyC.
La Cámara Civil y Comercial (Sala III) de Mar del Plata, en la causa Nº 187.310, resolvió hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la demanda, en consecuencia, revocar la sentencia, y rechazar la acción de amparo promovida por M.M.T. en representación de su hijo M.J.T..