Subcategorías por reconocimiento de la carrera judicial
Capacitaciones Acuerdo N° 4093
Los agentes alcanzados por el Acuerdo N° 4093 (subcategorías por reconocimiento de la carrera judicial), deben cumplir con el Sistema de formación y capacitación judicial que, mediante la Resolución SC N° 746/24, se instauró a tal fin. Preguntas frecuentes ¿Quiénes deben capacitarse y cuántas horas hay que acreditar para mantener la subcategoría? Deben capacitarse todos los agentes, funcionarios y magistrados que tengan la posibilidad de acceder y/o mantener cada una de las subcategorías establecidas en el Acuerdo N° 4093. A su vez, para mantener la subcategoría (o ingresar a ella cuando se cumplan los requisitos en materia de años de prestación de servicios y antigüedad), deben acreditarse 18 horas anuales de capacitación en cualquiera de los cursos que conforman el Sistema de formación y capacitación judicial, dentro del plazo comprendido entre el 15 de marzo de cada año e igual fecha del año siguiente. ¿Hasta cuándo hay tiempo para acreditar las 18 horas? Quienes se encuentran alcanzados por alguna de las subcategorías o quienes el año entrante estén en condiciones de percibirlas, deben cumplir en el período en curso con las mencionadas 18 horas de capacitación y tienen tiempo de hacerlo hasta el 15 de marzo de 2025. ¿Cuáles cursos sirven para acreditar las 18 horas? En virtud de lo establecido por la Resolución RP N°290/24, la oferta académica para seleccionar los cursos que permitan acreditar las horas referidas y percibir la subcategoría, es la que surge del siguiente link. ¿Dónde pueden verse los certificados que acreditan las horas de capacitación cumplimentadas? Los cursos concluidos pueden visualizarse desde el sitio web oficial scba.gov.ar en el acceso Mi Portal ingresando con usuario y contraseña. Luego debe cliquearse Legajo y Certificados Instituto de Estudios Judiciales. Aquí se encuentra el detalle de las capacitaciones realizadas que poseen validez para el período en curso. ¿Es posible ser eximido de la realización de los cursos presentando equivalencias? La Resolución SC N° 746/24 establece la posibilidad de solicitar equivalencias a quienes acrediten la realización de tareas docentes u otras actividades que cumplan con los objetivos del plan de capacitación aprobado. Esta solicitud puede llevarse a cabo a partir del 1° de diciembre de 2024 a través de los canales de comunicación habilitados oportunamente. Aclaración Las capacitaciones obligatorias que rigen en el ámbito de los tres poderes del Estado provincial establecidas por la ley 15134 (inicial y capacitación permanente en la temática de género y violencia contra las mujeres) y la ley 15276 (capacitación por única vez en desarrollo sostenible y materia ambiental), serán computadas para el cumplimiento de las 18 horas que se requieren para preservar la asignación de la subcategoría, si dichas capacitaciones se completaron entre el 15 de marzo de 2024 y el 15 de marzo de 2025. 11-11-2024 | Capacitación Ley Micaela
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