20-12-2012 | La Suprema Corte dispuso reincorporar al Intendente de Necochea
La Suprema Corte de Justicia, por mayoría, hizo lugar a una medida cautelar interpuesta y dispuso la suspensión de los efectos del decreto por medio del cual el Concejo Deliberante de Necochea había resuelto suspender preventivamente al Intendente Horacio Javier Tellechea en el ejercicio del cargo. La mayoría consideró que el trámite seguido por la Comisión Investigadora adolecía, prima facie, de irregularidades que justifican el dictado de la medida cautelar. En particular, se hizo mérito en cuanto a que los hechos imputados no habían sido precisamente definidos como exige la Ley y que la suspensión se había adoptado por fuera de los parámetros procesales establecidos en la Ley Orgánica Municipal. Por su parte, el doctor Daniel Fernando Soria mantuvo en el caso su tradicional posición en punto a que la mera interposición del conflicto -salvo supuestos de excepción-, por imperio de la Ley Orgánica de las Municipalidades, tiene efectos suspensivos de la decisión cuestionada. En disidencia, el doctor Juan Carlos Hitters estimó que no cabía el acogimiento de la cautelar requerida, por cuanto la suspensión preventiva fue adoptada por el Concejo Deliberante ante la conducta obstructiva del Jefe Comunal, calificada como grave, y derivada de la ausencia de respuesta a los requerimientos formulados por la Comisión Investigadora destinada a esclarecer los pagos efectuados a la empresa Línea Médica SRL, adjudicataria de la licitación cuestionada. Sostuvo que la circunstancia de no girar los antecedentes en tiempo idóneo y no facilitar la producción de otras diligencias a fin de esclarecer tales hechos, en el marco del conocimiento superficial propio del ámbito cautelar, tornaba improcedente la solicitud del titular del Departamento Ejecutivo.
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