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13-03-2021 | COVID-19 (Coronavirus)
Extensión del actual esquema de prestación efectiva y continua del servicio de justicia hasta 9 de abril.

A través de la Resolución SPL Nº 09/21, la presidencia de la Suprema Corte de Justicia dispuso extender hasta el 9 de abril de 2021 inclusive las condiciones y alcances de habilitación y funcionamiento vigentes en los organismos de las cabeceras departamentales, sedes descentralizadas y justicia de paz.

En detalle, a los fines de la prestación efectiva y continua del servicio de justicia provincial, se sostiene la siguiente normativa:

1) Continuidad de la situación de excepción reglada por la Resolución SC Nº 480/20, sus ampliatorias y complementarias.

2) Habilitación y funcionamiento de la actividad jurisdiccional y administrativa, en función de las pautas previstas en las Resoluciones SC Nº 583/20 y Nº 655/20 .

3) Régimen especial instituido por las Resoluciones SC Nº 1250/20 y Nº 1251/20, en donde se establece, entre otras previsiones, la programación y organización de turnos rotativos de personal para cumplir tareas presenciales; el máximo aprovechamiento de las herramientas tecnológicas y de las comunicaciones; la combinación de servicios presenciales con prestaciones telemáticas; el mantenimiento del teletrabajo; y la subsistencia de las causales de dispensa de actividad presencial oportunamente dispuestas.

Encuadrado en el marco de lo dispuesto por el Decreto de Necesidad y Urgencia PEN Nº 168/2021, que mantiene la situación de "Distanciamiento Social y Preventivo Obligatorio" en el territorio provincial hasta el próximo 9 de abril, lo dispuesto no obsta la posibilidad de incorporar adecuaciones, ajustes o el dictado de nuevas resoluciones para la mejor prestación del servicio de justicia, motivadas en la eventual reversión de la situación dada en oportunidad del dictado de la presente.


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