Actualidad
Actualización de la normativa en materia de reemplazos en Tribunales de Trabajo y Juzgados de Responsabilidad Penal Juvenil.
Pautas para la distribución de causas entre los organismos del fuero laboral de Mar del Plata a partir de la puesta en funcionamiento del Tribunal del Trabajo Nº 5 de la referida departamental.
La Suprema Corte de Justicia, a través de las resoluciones Nº 1419 y 1420, dispuso qué integrantes del Cuerpo de Magistrados Suplentes, pasen a prestar funciones en los Tribunales del Trabajo de Pergamino y de Junín.
Con fecha 31 de julio de 2013, la Suprema Corte de Justicia, resolvió modificar lo dispuesto en el art. 4º de la Resolución Nº 1806/12, disponiendo que a partir del 2 de agosto del corriente año, la Receptoría General de Expedientes adjudicará por cada dos (2) causas al Tribunal Nº 4 una (1) a cada uno de los restantes Tribunales del Trabajo del Departamento Judicial Mar del Plata, ello hasta el 31 de octubre del año 2013 inclusive, momento a partir del cual deberán participar del sorteo la totalidad de los Tribunales en igualdad de condiciones (conf. Ac. 3397 ).
Con fecha 12 de diciembre de 2012, la Suprema Corte resolvió modificar el Acuerdo 3616, referido a la asignación de turnos para el año 2013 a través de los Acuerdos 3626 (Juzgados de Garantías de Dolores), 3625 (Tribunales del Trabajo de Avellaneda, Lánús y Mar del Plata).
Con fecha 30 de marzo de 2011, la Suprema Corte de Justicia dispuso que las causas del fuero laboral iniciadas con anterioridad a la vigencia de la Ley Nº 14.247 en los Tribunales de Trabajo de los Departamentos Judiciales de Mercedes y San Nicolás, correspondientes a las jurisdicciones de Salto, San Antonio de Areco, Capitán Sarmiento y Arrecifes, continúen sustanciándose ante el órgano de origen, hasta su finalización. Hasta tanto se cumpla el plazo de doce (12) meses establecido en la Ley 14.247 – a partir de su vigencia-, las causas nuevas de las jurisdicciones citadas en el artículo precedente, se radicarán y tramitarán ante los Tribunales Laborales de Pergamino.
Con fecha 9 de febrero de 2011la Suprema Corte de Justicia dispuso la adopción de diversas medidas a los fines de instrumentar la ley 14.235 (publicada en el Boletín Oficial con fecha 25 de enero del corriente), por la cual se determina que los Tribunales del Trabajo pasen a integrar los Departamentos Judiciales respectivos.
Con fecha 21 de diciembre de 2010, la Suprema Corte de Justicia dispuso requerir el inventario de causas que realiza anualmente la Secretaría de Planificación a todos los órganos de primera instancia o instancia única - exceptuando a los Tribunales del Trabajo-, a las Cámaras de Apelación de todos los fueros y al Tribunal de Casación Penal.
Con fecha 15 de diciembre de 2010, la Suprema Corte de Justicia resolvió autorizar el reemplazo de los libros de audiencias de los Tribunales del Trabajo de la Provincia por los registros que se efectúen en el Sistema Augusta desde la implementación de la versión a instalar en marzo de 2011 y a partir del estricto cumplimiento con las políticas de seguridad de los datos previstos en la Resolución Nº 3396/07.
Con fecha 13 de octubre de 2010, la Suprema Corte de Justicia resolvió instar a los Señores Presidentes de los Tribunales del Trabajo de la Provincia o a sus reemplazantes, a adoptar las medidas necesarias para el inmediato reemplazo y debida integración del órgano a su cargo.
Con fecha 24 de febrero de 2010, la Suprema Corte de Justicia dispuso que uno de los Tribunales del Trabajo creados por la Ley Nº 12.218 en la jurisdicción de Quilmes –que aún no funciona- se traslade al Partido de Florencio Varela, con competencia exclusiva sobre el partido del mismo nombre.
Con fecha 19 de febrero de 2010, la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia dispuso comunicar el informe definitivo sobre las agendas de audiencias de vista de causa, instar la observancia de distintas normas de Alto Tribunal e instruir informaciones sumariales para profundizar el análisis efectuado.