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La Suprema Corte de Justicia estableció, en base a las propuestas formalizadas por las Cámaras de Apelación en lo Civil y Comercial, de Garantías en lo Penal y en lo Contencioso Administrativo, los turnos para el año 2024.
La Suprema Corte de Justicia estableció, en base a las propuestas formalizadas por las Cámaras de Apelación en lo Civil y Comercial, de Garantías en lo Penal y en lo Contencioso Administrativo, los turnos para el año 2023.
La presidencia de la Suprema Corte de Justicia resolvió establecer que en cada uno de los Juzgados de Paz existentes en la Provincia de Buenos Aires se organice y garantice la prestación mínima del servicio de justicia en los términos y alcances que establece la Resolución Nº 386/20. Disponer que para el caso de vacancia o dispensa de concurrir a los lugares de trabajo– otorgada por Resolución de Presidencia Nº 149/20, las que pudieran reemplazarla o modificarla - de los titulares de los Juzgados de Paz, en tanto no sea posible la cobertura a través del Acuerdo 3709; los asuntos de urgente despacho o que no por su naturaleza no admitan postergación, correspondientes a dichos Juzgados de Paz serán atendidos por los Juzgados de Familia, en lo Civil y Comercial, y Juzgados Correccionales en turno de acuerdo con la materia de que se trate, conforme el artículo 2 de la Resolución Nº 386/20.