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Plazo hasta el 15 de octubre del 2024 para tomar licencias pendientes por los servicios prestados en el contexto de la emergencia sanitaria por la pandemia de COVID-19.
La presidencia de la Suprema Corte de Justicia dispuso que a partir del lunes 16 de marzo y hasta el 31 del mismo mes del corriente año los magistrados, funcionarios y agentes de la Jurisdicción Administración de Justicia del Poder Judicial de Provincia de Buenos Aires, que se encuentren en los supuestos que se indican en la presente resolución, quedarán dispensados de concurrir a sus lugares de trabajo, sin que esto perjudique su remuneración habitual o el goce de licencias concedidas.
La Suprema Corte de Justicia dispuso extender la licencia al progenitor no gestante con percepción de haberes por el lapso de quince (15) días corridos desde el nacimiento; entre otras modificaciones al Acuerdo 2300, referidas al régimen de licencias del Personal del Poder Judicial por nacimiento, lactancia y adopción, entre otros casos.
Se comunica que para la tramitación de las solicitudes de licencia por actividades culturales, extraordinaria por razones particulares (sin goce de sueldo) y por designación en funciones ajenas al Poder Judicial (arts. 54, 55 y 59 del Acuerdo 2300, 12 inc. 12) del Acuerdo 1864 y 13 inciso 12) del Acuerdo 1865) las mismas deberán presentarse en la Secretaría de Personal con dos (2) meses de anticipación –como mínimo– contados a partir de la fecha desde la cual se pretende usufructuarlas.
Con fecha 2 de marzo de 2011, la Suprema Corte de Justicia acordó modificar el texto del artículo 43 del Acuerdo 2300/88, referido a la duración de licencias por maternidad ante casos de nacimientos prematuros o nacimientos en término pero considerados de riesgo.
Con fecha 29 de julio de 2009, la Presidencia de la Suprema Corte, en coordinación con la Procuración General, resolvió disponer la vigencia de las Resoluciones registradas bajo los Nros. 2047/09 y 10/09, vinculadas con las licencias concedidas a las mujeres embarazadas, agentes inmuno-deprimidos o convivientes con inmuno-deprimidos severos, desde el día 3 al 7 de agosto inclusive del corriente año.
Con fecha 15 de julio de 2009, la Suprema Corte de Justicia y la Procuración General dispusieron prorrogar hasta el 31 de julio de 2009, la vigencia de las Resoluciones registradas bajo los Nros. 2047/09, 10/09, 590/09 y 731/09, dictadas por la Suprema Corte de Justicia y su Presidente, en coordinación con la Procuración General, vinculadas con las licencias concedidas a las mujeres embarazadas, agentes inmuno deprimidos, estudios periciales y traslado de detenidos y suspensión del servicio de guardería.
Incorpora artículo 43 bis al Acuerdo 2300/88 (Licencias - Situación de excedencia).-