Actualidad

Criterio para el debido resguardo de documentos originales registrados o protocolizados en soporte papel que existan actualmente en el marco de las competencias certificatorias de los juzgados de Paz.

Incorporación de Marisa Graham como funcionaria en el área con competencia en niñez, adolescencia y violencia familiar del Tribunal.

A partir del 26 de junio de 2023 entran en funciones el Juzgado de Familia Nº 1 y el Juzgado de Garantías Nº 4 del Departamento Judicial Zárate-Campana, con sede en Escobar y competencia exclusiva sobre dicho partido.

Competencia de los Juzgados de Ejecución Penal en materia de reglas de conducta, cargas y obligaciones impuestas judicialmente en condenas de ejecución condicional.

Requerimiento de una norma que modifique la competencia territorial de los Juzgados de Familia del Departamento Judicial San Martín.

La Suprema Corte de Justicia hizo lugar a la solicitud formulada por las autoridades de la Justicia Federal con competencia electoral en la Provincia de Buenos Aires, a fin de convocar a funcionarios judiciales para actuar como autoridades de mesa en las próximas elecciones.

Se aprobó el "Reglamento sobre convocatoria y celebración de audiencias ante la Suprema Corte de Justicia", el cual establece que el Tribunal podrá disponer su convocatoria, tanto en el marco de su competencia originaria como en el trámite de los recursos extraordinarios.

La Suprema Corte de Justicia aprobó el "Reglamento de Amigos del Tribunal", el cual establece que toda persona humana o jurídica con reconocida competencia sobre la cuestión debatida, que no sea parte de un pleito y reúna las condiciones establecidas en la Ley 14.736, podrá presentarse ante la Corte en calidad de Amigo del Tribunal.

La Suprema Corte de Justicia solicitó a los Poderes Ejecutivo y Legislativo, en el ámbito de sus respectivas competencias, la agilización de los procedimientos tendientes a la pronta cobertura de los cargos vacantes correspondientes a Magistrados de esta Jurisdicción Administración de Justicia.

La presidencia de la Suprema Corte de Justicia dispuso: 1) Recordar que sólo deberán asistir los agentes estrictamente indispensables, de acuerdo a la competencia o caudal de trabajo, para garantizar la prestación mínima del servicio de justicia en el acotado marco de urgencia dispuesto por Resolución SC Nº386/20. 2) Hacer saber que la colaboración necesaria mencionada en el artículo 2º de la Resolución SC Nº 386/20 implica también, para cada órgano jurisdiccional, resolver, en la medida de que las posibilidades lo permitan, los planteos que en el marco de sus expedientes pudieran surgir. 3) Hacer saber a las Cámaras Departamentales del Fuero Civil y Comercial que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 5º de la Resolución SC Nº386/20, la incorporación de juzgados de familia adicionales al turno deberá ser implementada razonablemente, con el objeto de no afectar los principios de prevención y preservación de la salud que dieron fundamento a su dictado, teniendo en cuenta también la problemática particular del fuero. Dicha decisión deberá ser comunicada a la Suprema Corte. 4) Disponer que, a los fines de la implementación de lo previsto en el artículo 7 de la Resolución SC Nº386/20, deberá comunicarse a la Presidencia del Tribunal la conformación de las guardias rotativas dispuestas por parte de los titulares de las Secretarías, Subsecretarías y dependencias de la Suprema Corte.

La Suprema Corte de Justicia resolvió declarar la nulidad de los artículos 1º -incisos "a", "b", "c", "g", "h", "i", "j", "k", "l" y "m"- y 2º de la Resolución de la Procuración General Nº 315/18.

La Suprema Corte de Justicia resolvió aprobar el texto que como anexo forma parte de la presente titulado "Protocolo de actuación para supuestos de personas incapaces de culpabilidad en conflicto con la ley penal. Fijación de tope máximo de duración a las medidas de seguridad. Ámbito de competencia de los fueros de familia y penal.

La presidencia de la Suprema Corte de Justicia resolvió hacer saber a los magistrados que integran los Comités Permanentes de Seguimiento Departamentales, que resulta resorte de su competencia especifica evaluar los requerimientos elevados a esta Corte; sin perjuicio de hacerse hincapié en la necesidad de que se ponderen, con la seriedad que e1 caso amerita, las circunstancias puntualizadas por las distintos peticionarios, poniéndose de relieve que podrán dejarse sin efecto los monitoreos fijados para lo que resta del mes de Marzo de este año, como así también, reprogramarse las visitas estatuidas para el mes de Abril, a sus efectos (Artículos 1º y 3º del Ac. 3632).

La Suprema Corte de Justicia dispuso solicitar al Poder Ejecutivo en el ámbito de sus competencias, la agilización de los procedimientos tendientes a la pronta cobertura de los cargos vacantes correspondientes a Magistrados de esta Administración de Justicia.

La Suprema Corte de Justicia resolvió establecer el 13 de mayo de 2019, como fecha de inicio de actividades de los Juzgados Unipersonales de Familia Nº1 y Nº2 del Departamento Judicial de Morón, con sede y competencia en el partido de Ituzaingó.