A través del
Acuerdo Nº 4129 y la aclaratoria establecida en el
Acuerdo Nº 4131 la Suprema Corte de Justicia dispuso modificar la normativa que establece el procedimiento y los requisitos para el reconocimiento del pago de la remuneración adicional a magistrados que subrogan órganos vacantes.
En la decisión se expresa que es facultad inherente a la superintendencia del Tribunal establecer el monto, modo, supuestos, destinatarios y plazos a considerar para su percepción.