Actualidad
Puesta en funcionamiento de los servicios digitales provistos por los sistemas AUGUSTA, SIMP, Inforec, Receptoría Penal y Receptoría Penal Juvenil.
Uso obligatorio, a partir del 8 de mayo de 2023, del protocolo de actuación para los circuitos de trabajo en los procesos penales en materia de elevación de causa a juicio, remisión de causa a la etapa de ejecución e interposición de recursos de apelación.
Modificar el texto del Artículo 2º de la Resolución 3487/10, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 2º : Determinar la utilización de dicha vía como mecanismo obligatorio para la recepción de testimonios de los citados profesionales en aquellos casos en que el perito preste funciones en un departamento judicial distinto al del órgano que lo convoca. Asimismo, dicho mecanismo será empleado para el caso en que el profesional preste servicios en el mismo departamento judicial que el órgano requirente, pero a más de 40 km de distancia de este último. En ambos supuestos y de modo excepcional, el magistrado o funcionario podrá requerir la citación y traslado del profesional a la sede del órgano, fundando debidamente las razones que así lo justifiquen, en el caso específico".
Con fecha 17 de noviembre de 2010, la Suprema Corte de Justicia dispuso la implementación de la tecnología de videoconferencia en la recepción de los testimonios requeridos a los peritos de la Dirección General de Asesoría Pericial del Poder Judicial y del Ministerio Público, en el marco de los procesos penales.
Con el objetivo de optimizar la prestación del servicio de justicia a través del uso de nuevas herramientas tecnológicas y de gestión, la Suprema Corte de Justicia y la Procuración General dispusieron implementar el sistema de videoconferencia para las declaraciones que deban realizar peritos oficiales en el marco de procesos penales.
Con fecha 17 de noviembre de 2010, la Suprema Corte de Justicia resolvió adoptar diversas medidas en relación a armas y otros bienes no registrables incautados en procesos penales.