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Los presidentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Horacio Rosatti, y de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, Sergio Torres, suscribieron acuerdos que apuntan a simplificar procesos, promover el intercambio de tecnología y acortar plazos mediante el avance de la digitalización.
La Suprema Corte de Justicia y el Ministerio de Trabajo de la Provincia firmaron convenios de colaboración para fortalecer la gestión digital en el trámite de expedientes judiciales y administrativos.
La Suprema Corte de Justicia y el Instituto Nacional de Servicios Sociales Para Jubilados y Pensionados (PAMI) firmaron acuerdos para realizar acciones conjuntas y coordinadas y para habilitar el acceso al Sistema de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas.
La Suprema Corte de Justicia suscribió convenios reguladores de la modalidad de Teletrabajo con la Asociación Judicial Bonaerense y el Colegio de Magistrados y Funcionarios provincial.
La presidencia de la Suprema Corte de Justicia, en el Expte. SDH Nº 134/19, resolvió: I TENER PRESENTE el contenido de los escritos rubricados por el Dr. Juan Manuel Irrazábal, en su carácter de Presidente del Comité Nacional de Prevención de la Tortura (CNPT); por Adolfo Pérez Esquivel y Roberto Félix Cipriano García, en sus roles de Presidente y Secretario –en ese orden- de la Comisión Provincial por la Memoria (CPM); y, por el Pbro. Juan José M. Vasallo, Vicario Episcopal de Solidaridad de la Diócesis de Quilmes. II REMITIR testimonios de las presentaciones del CNPT y de la CPM al Sr. Procurador General, solicitándole un informe detallado respecto de la IPP en que se investigan los hechos de Tortura denunciados por MMV, con individualización de los eventuales responsables; que de cuenta del estado procesal actual de la misma; y en el que se especifiquen las medidas impulsadas para que ella y las personas detenidas que hubieran sido testigos de los eventos en cuestión, no sufran ningún tipo de represalia. III REQUERIR al Sr. Fiscal General del Departamento Judicial La Plata, remita copias íntegras de la IIP N 06-00-026680-19/00. IV GIRAR testimonios de las piezas pertinentes al Sr. Juan Natural, con el objetivo de que se garantice a MMV un trato digno y no discriminatorio -especialmente, el tratamiento médico que su realidad de salud impone-; destacándose que se adecuaron sus datos en el Registro Único de Detenidos, a tenor de le Ley 26.743. V INSTAR Y ENCOMENDAR a todas las autoridades intervinientes en el caso, se abstengan de llevar a cabo acciones que pudieran implicar un obstáculo a (o un amedrentamiento de) la labor de toda persona que actúa en el presente caso en el rol de Defensora de los Derechos Humanos, bajo apercibimiento de las responsabilidades administrativas, civiles, penales e institucionales correspondientes.
El presidente de la Suprema Corte de Justicia, Eduardo Pettigiani, y el Presidente de la Caja de Previsión Social para abogados de la Provincia, Daniel Mario Burke, firmaron convenios de colaboración tecnológica con el objeto complementar recursos para instrumentar el uso de herramientas tecnológicas disponibles.
Con el objetivo de extender la utilización del sistema de notificaciones, comunicaciones y presentaciones por medios electrónicos, la Suprema Corte de Justicia, representada por su Presidente Juan Carlos Hitters, suscribió convenios con las autoridades de trece Colegios y Consejos profesionales de la Provincia.
La Suprema Corte de Justicia, a través de su Presidente Eduardo Néstor de Lázzari, y un total de 12 Universidades Nacionales y privadas, representadas por sus respectivos Rectores, Decanos y Directores, suscribieron convenios para la realización de prácticas estudiantiles en el ámbito de la Justicia provincial.
Con fecha 9 de mayo de de 2012, la Suprema Corte de Justicia resolvió aprobar el modelo de "Convenio de Prácticas Estudiantiles" y modificar los art. 2 y 3 del Acuerdo 3102
Con fecha 25 de abril de 2012, la Suprema Corte de Justicia dispuso la aprobación del Protocolo indicativo de pautas a tener en cuenta para la recepción de testimonios de niños, niñas, adolescentes -menores de 16 años- y personas con padecimientos o deficiencias mentales víctimas o testigos de alguno de los delitos tipificados en el Libro II Título III del Código Penal en Cámara Gesell.
Se recuerda a los Magistrados y Titulares de dependencias de este Poder Judicial la vigencia de lo establecido en el art. 6º del Acuerdo 2300, el cual establece la exigencia para la prestación de servicios en el ámbito del Poder Judicial de la designación firme emanada de esta Suprema Corte de Justicia para la posesión del cargo ante la autoridad competente. Asimismo, se reitera la prohibición de la presencia de personas ajenas a sus estructuras, con excepción de quienes desarrollen actividades de formación en el marco de Convenios suscriptos ante esta Suprema Corte de Justicia (Resoluciones Nros. 916/2003 y 1832/2004 de la Suprema Corte de Justicia, y de Presidencia Nº 500/10).
Modificar el texto del Artículo 2º de la Resolución 3487/10, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 2º : Determinar la utilización de dicha vía como mecanismo obligatorio para la recepción de testimonios de los citados profesionales en aquellos casos en que el perito preste funciones en un departamento judicial distinto al del órgano que lo convoca. Asimismo, dicho mecanismo será empleado para el caso en que el profesional preste servicios en el mismo departamento judicial que el órgano requirente, pero a más de 40 km de distancia de este último. En ambos supuestos y de modo excepcional, el magistrado o funcionario podrá requerir la citación y traslado del profesional a la sede del órgano, fundando debidamente las razones que así lo justifiquen, en el caso específico".
Con fecha 15 de julio de 2015, la Suprema Corte de Justicia resolvió modificar el texto del Artículo 2º de la Resolución 3487/10, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 2º : Determinar la utilización de dicha vía como mecanismo obligatorio para la recepción de testimonios de los citados profesionales en aquellos casos en que el perito preste funciones en una localidad distante a aquella donde tiene su sede el órgano que lo convoca, debiendo el magistrado o funcionario fundar debidamente las razones que justifiquen, en el caso específico, la excepción a su aplicación y la consecuente citación y traslado del perito a la sede del organismo.".
Con fecha 30 de agosto de 2012, la Suprema Corte de Justicia, a través de su Presidente, Doctor Eduardo N. de Lázzari y el Colegio de Abogados de la Provincia de buenos Aires a través de su Presidente, Doctor Bienvenido Rodriguez Basalo, suscribieron dos convenios de sobre Infraestructura e Implementación de Firma Digital, y de Colaboración Recíproca para la implementación del diligenciamiento de las cédulas de notificación del régimen de mediación.