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Más de 10.000 domicilios inscriptos en el Registro de Domicilios Electrónicos




La pandemia del COVID-19 sometió a nuestra sociedad a las consecuencias de una tragedia global e inesperada. De golpe, debimos afrontar sorpresivas restricciones, precavernos de un sinnúmero de acechanzas. Dramas humanos esparcían la aflicción por doquier y trasponían los contornos críticos conocidos en otras pandemias. 

Eran severas las limitaciones, como el confinamiento. Hacían de las ciudades desiertos grises, apenas alterados por el alarmante paso de ambulancias y de patrulleros policiales. Ciertas esferas de poder no acertaban en su reacción frente a la parálisis generalizada o a la sustancial reducción de la actividad prestacional propia de los servicios básicos. La capacidad de respuesta estatal lucía severamente comprometida, mientras que la economía revelaba a diario los efectos de una creciente retracción.

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En este contexto el poder judicial debió poner a prueba la acumulación de avances tecnológicos que venía desarrollando y que había implementado en algunos órganos y fueros, para poder atender las exigencias de la crisis.

Uno de los problemas que prontamente surgió estaba cifrado en el modo de comunicar el traslado de la demanda en los procesos civiles y análogos, dado que la labor de las oficinas de mandamientos y notificaciones estaba sumamente limitada. Así fue que tomamos la decisión de diseñar una herramienta a medida de esta problemática que proveyera al expediente digital de precisas funcionalidades. 

Desarrollado con una gran celeridad y orientado a consolidar esa modalidad innovadora, propusimos a la comunidad jurídica y luego implantamos el Registro de Domicilios Electrónicos (RDE). Lo hicimos en consulta con los colegios de abogados y los representantes de los magistrados y los agentes. 

Las dudas eran importantes, pero no tanto como la convicción acerca de las bondades de la idea matriz y la utilidad del instrumento diseñado.  

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A menos de cinco años de su implantación, el sistema así concebido superó los 10.000 domicilios inscriptos.

Con funcionamiento en la órbita de la Secretaría de Planificación del Tribunal, el RDE afianza la digitalización de notificaciones y comunicaciones comprensivas del traslado de la demanda, intimación de pago, cautelares anticipadas, entre otras. 

En números precisos, a marzo de 2025 el registro cuenta con un total de 10.363 domicilios electrónicos, de los cuales 5.602 corresponden a personas humanas y 4.761 a personas jurídicas u organismos. 

Las estadísticas resultantes de una muestra realizada en parte de los departamentos judiciales, indican que de 55.069 causas que fueron iniciadas en forma digital, 47.608 se notificaron en un domicilio electrónico registrado, lo que representa más del 86% de los casos.

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El origen del servicio se sitúa en octubre de 2020, cuando en nuestra tercera presidencia se proyectó y el tribunal aprobó el Acuerdo Nº 3989 -y su inmediato Ac. Nº 4000- disponiendo la creación del RDE y, a continuación, la Resolución SC Nº 1472/20 a través de la cual aprobó su Reglamento (ver normativa consolidada por Acuerdo Nº 4113).   

A su vez, tras gestiones realizadas ante la Legislatura provincial, se logró la ratificación del RDE por medio de la Ley 15.230.  La norma contempla la utilización de los domicilios electrónicos para toda clase de notificaciones y demás actos procesales de comunicación, incluso de aquellos que deban ser diligenciados en el domicilio real del destinatario.

El RDE dota al sistema judicial de un universo de sujetos con uno o más domicilios hábiles para efectivizar las comunicaciones electrónicas, facilitando la realización de trámites esenciales y reduciendo los tiempos del proceso.

Los domicilios electrónicos inscriptos tienen carácter público de consulta libre y gratuita en el subsitio web del RDE.  Dicho listado ofrece, además, la posibilidad de realizar filtros por tipo de persona y tipo de domicilio. 

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La experiencia referida constituye un buen ejemplo. Muestra un camino racional, orientado a la creación de soluciones específicas, basado en el diálogo con la comunidad jurídica e inspirado en la necesidad de contribuir, más allá del anuncio, a la modernización de las herramientas de gestión.

Vaya, pues, nuestro reconocimiento al personal de la Secretaría de Planificación y, en particular, al de la Subsecretaría de Tecnología Informática, ambos de esta Corte. Todos han trabajado con denuedo para interpretar a cabalidad y poner en marcha esta iniciativa. Un invalorable aporte a la mejora continua del servicio de justicia.


Daniel Fernando Soria






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